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abril 29, 2014
"Entre 2014 y 2015 se van a perder unos 15.000 puestos solamente en los cuerpos de seguridad del estado, agravando la falta de control y seguridad de los ciudadanos"
marzo 20, 2014
Galicia y Asturias también tendrán que devolver parte de la extra de Navidad a sus empleados Públicos
Goteo incesante de sentencias, sin precedentes, contra la retirada de la extra
La Xunta de Galicia y el Principado de Asturias también deberán devolver a sus empleados públicos la parte devengada de la paga extra de Navidad, entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, en virtud de dos sentencias de los tribunales superiores Justicia de estas comunidades autónomas.
En concreto, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia obliga a la Xunta a devolver al personal laboral este concepto retributivo, tanto en la extra de 2012 (derivado del Decreto del Gobierno Central), como en la extra de Junio de 2013 que retiró el Gobierno Gallego.
Por su parte el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha establecido el derecho a recibir la parte proporcional de la extra de navidad de 2012 a todo su personal de la Junta General. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), sindicato más representativo en las administraciones públicas, considera que el Gobierno está demorando de manera injustificada la devolución de esta retribución al conjunto de los empleados públicos, a sabiendas de que se están produciendo resoluciones judiciales a lo largo y ancho del Estado.
Por este motivo, se van a producir discriminaciones porque lo que ya se reconoce en algunas administraciones, como Galicia, Asturias, Castilla y León, Extremadura, así como en ayuntamientos comoSevilla o Zaragoza, no se hace extensible al resto de trabajadores del Estado.
CSI-F considera que este derecho es ya un clamor, ante el goteo incesante de resoluciones judiciales y las cuestiones de inconstitucionalidad que el Tribunal Constitucional tiene actualmente encima de la mesa. Por tanto, confía en que la devolución debe ser cuestión de tiempo.
diciembre 23, 2013
Entra en vigor el cuarto día de asuntos propios
El pasado sábado 21 de diciembre se publicó en el BOE la ley que regula la aplicación del cuarto día de asuntos propios. Podéis consultar el documento en el siguiente enlace:
Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
Disposición adicional cuarta.
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».
ENTENDEMOS QUE YA ES DE APLICACIÓN Y SE PUEDE DISFRUTAR POR PARTE DE CUALQUIER TRABAJADOR DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA VALENCIANA
La Ley entró en vigor desde el día siguiente a su publicación en el BOE.
Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
Disposición adicional cuarta.
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».
ENTENDEMOS QUE YA ES DE APLICACIÓN Y SE PUEDE DISFRUTAR POR PARTE DE CUALQUIER TRABAJADOR DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA VALENCIANA
La Ley entró en vigor desde el día siguiente a su publicación en el BOE.
HOY LUNES YA SERIA DE APLICACIÓN
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